google-site-verification: googlee6b8fe2bb563d6db.html DERECHO TRIBUTARIO: Articulo 6 - ley 24769 - Apropiación indebida de tributos

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El material, cuadros, etc, los hice cuando estudiaba, y me fueron de gran utilidad, pero ahora, es posible que algunos o muchos estén desactualizados, dejame un mje o avisame cual de ellos necesita correcciòn, de a poco los arreglare.

miércoles, 24 de abril de 2013

Articulo 6 - ley 24769 - Apropiación indebida de tributos

Será reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años el agente de retención o de percepción de tributos nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no depositare, total o parcialmente, dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado superase la suma de cuarenta mil pesos ($40.000) por cada mes.

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