google-site-verification: googlee6b8fe2bb563d6db.html DERECHO TRIBUTARIO: Termino para apelar la sanción de multa y clausura

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El material, cuadros, etc, los hice cuando estudiaba, y me fueron de gran utilidad, pero ahora, es posible que algunos o muchos estén desactualizados, dejame un mje o avisame cual de ellos necesita correcciòn, de a poco los arreglare.

domingo, 21 de abril de 2013

Termino para apelar la sanción de multa y clausura

El escrito del recurso de apelación ante los juzgados en lo penal económico de la Capital Federal y los juzgados federales en el resto del país, contra la resolución administrativa firme que aplica multa y clausura, debe interponerse:

a) ¿En forma fundada, en sede judicial dentro de los 5 días de notificada la resolución administrativa?

b) ¿En forma fundada, en sede administrativa dentro de los 5 días de notificada la resolución administrativa?

c) ¿Sin necesidad de fundarla, en sede administrativa dentro de los 5 días de notificada la resolución administrativa?

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