1- Si
el contribuyente rectificare voluntariamente sus declaraciones juradas o consiente
la de los inspectores y no fuere “reincidente”
en la infracción del artículo 46, antes de que se le corra la vista del
artículo 17 de la ley 11683, las multas de los artículo 45 y 46 se reducirán a:
a) 1/3
de su mínimo legal.
b) 2/3 de
su mínimo legal.
c) su
mínimo legal.
2- Si el
contribuyente acepta la pretensión fiscal antes de los 15 dias que dispone para
contestar la vista, y no fuere “reincidente” en la infracción del artículo 46,
, las multas de los artículo 45 y 46 se reducirán a:
d) 1/3
de su mínimo legal.
e) 2/3 de
su mínimo legal.
f) su
mínimo legal.
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