1- Un
contribuyente adeuda obligaciones derivadas de “dos impuestos diferentes y correspondientes a un mismo periodo fiscal”
y abona una suma que no satisface el total de la deuda sin indicar a que
obligación imputa el pago.
a) ¿ La
AFIP debe imputar el pago a la más onerosa?
b) ¿ La AFIP
debe prorratear el pago entre los 2 impuestos?
c) ¿ La AFIP
debe imputar el pago a cualquiera?
2- Un
contribuyente adeuda obligaciones derivadas de “dos impuestos diferentes y correspondientes a dos periodos fiscales
distintos” y abona una suma que no satisface el total de la deuda sin indicar
a que obligación imputa el pago.
a) ¿La
AFIP debe imputar el pago a la más onerosa?
b) ¿La
AFIP debe imputar el pago a la más remota?
c) ¿La
AFIP debe imputar el pago a cualquiera?
3- Un
contribuyente adeuda capital e intereses de un “mismo impuesto” y abona una suma que no satisface el total de la
deuda sin indicar a que deuda imputa el pago:
a) ¿La
DGI lo debe imputar a los intereses?
b) ¿La
DGI lo debe imputar al capital?
c) ¿La
DGI lo debe prorratearlo entre ambas deudas?
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